Filosofía y solidaridad II: Teoría de la justicia y solidarismo liberal en John Rawls
En esta segunda entrada, abordaremos la
implicación del concepto solidaridad en el pensamiento del John Rawls, filósofo
estadounidense conocido principalmente por sus trabajos en torno a la teoría de
la justicia.

1.
¿Cuáles son los elementos de la teoría de la
justicia de Rawls?
Rawls, al igual que Habermas, se adscribe a una perspectiva
neoilustrada. Esto significa reconsiderar críticamente el proyecto moderno de
una razón todopoderosa, pero sin llegar a liquidar las posibilidades de su
ideario pro libertad, igualdad y emancipación. En ese sentido, Rawls elabora su
teoría estableciendo la prioridad absoluta de la justicia por sobre cualquier
concepción particular del bien. Sin embargo, no se trata de la justicia en el
ámbito de las relaciones interpersonales, sino de la "justicia como
imparcialidad", esto es, de los principios rectores que pueden compartir
un conjunto de personas libres y racionales como soporte deseable del orden
social, y del procedimiento requerido para establecer esos
principios.
Para Rawls, los problemas morales surgen inevitablemente debido a la
escasez de recursos y a los conflictos de intereses propios de nuestras
sociedades. De este desafío surge la necesidad de fundar el sistema social
sobre unos principios que configuren y potencien las ventajas de la
colaboración social y logren mitigar, a la vez, los conflictos derivados de la
distribución de los beneficios y cargas sociales. Según sea la configuración de
estos principios, estaremos ante una u otra concepción de la justicia. Es
así que el problema central de una teoría de la justicia reside en la necesidad
de buscar los principios más adecuados para realizar la libertad y la igualdad,
una vez que la sociedad es concebida como un sistema de cooperación entre
personas libres e iguales. Dichos principios deben ser definidos desde una
situación hipotética llamada posición original o situación inicial, a la cual, Rawls llama de forma alegórica "un velo de ignorancia", mediante el cual, se impediría a cada uno de
sus participantes acceder a las informaciones sobre las eventuales ventajas que
cada uno podría sacar de esos acuerdos.
Por último, cabe mencionar que uno de los rasgos de esta propuesta es
que no distingue clara y precisamente entre filosofía política y filosofa
moral, lo cual puede verse reflejado en el hecho de que la justicia, tratada
como justicia social, tiene como objeto primario la estructura básica de la
sociedad.
2.
¿Cómo se vincula la solidaridad con la teoría de la
justicia de Rawls?
La solidaridad, en las sociedades modernas, tiende a coincidir y
complementarse con la justicia, la que, de algún modo, toma para sí esa
tarea de garantizar y/o posibilitar la integración social. En este contexto, la
visión de Rawls aparece como claramente proclive hacia la expresión de un
cierto solidarismo en el orden de las sociedades, mediado por la función de la
justicia como equidad y su idea de sociedad justa.
3.
¿A qué se le puede llamar el sentido liberal de la justicia de Rawls
y a qué su sentido solidario?
La teoría de la justicia de Rawls tiene como previamente evidentes las
nociones de libertad y de cooperación social. Por la primera, se reconoce su
pertenencia a la tradición liberal; por la segunda, su visión de la sociedad
como un sistema de cooperación social orientado a la satisfacción optima de los
intereses de todos y cada uno de sus miembros. Lo anterior desemboca en los
principios rectores que Rawls concibe para su teoria:
A) Toda persona debe tener un igual derecho al más extenso sistema de libertades básicas, siempre que sean compatibles con un sistema similar de libertad
para todos (principio de iguales libertades) y,
B) Las desigualdades sociales y económicas deben ordenarse de tal forma
que ambas estén: a) dirigidas hacia el mayor beneficio de los menos aventajados
(principio de diferencia); b) vinculadas a cargos y posiciones abiertos a todos
bajo las condiciones de una equitativa igualdad de oportunidades (principio de
la justa igualdad de oportunidades)
Estos principios a su vez se organizan de acuerdo con un orden lexical
de prioridades (que resulta una suerte de tercer cuasi principio): ninguno de
ellos puede anteponerse sin que antes se haya cumplido el precedente,
considerado más importante. Entre ambos principios, el aseguramiento de las
libertades civiles y políticas fundamentales tiene prioridad por sobre el
principio de la desigualdad.
Por medio del primero de los aludidos principios, la teoría de Rawls
adquiere su sentido liberal y por medio del segundo, su sentido solidario. Sin
embargo, y derivado del cuasi principio del orden lexical de prioridades, se
puede concluir que, en esta teoría, la libertad tiene mayor importancia que la
solidaridad.
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